La Ley 20.584 regula los derechos y deberes que cada persona tiene en relación con acciones vinculadas a su atención en salud. Aquí te los contamos:

Derechos

  • Tener información oportuna y comprensible de su estado de salud.
  • Recibir un trato digno, respetando su privacidad.
  • Ser llamado por su nombre y atendido con amabilidad.
  • Recibir una atención de salud de calidad y segura, según protocolos establecidos.
  • Ser informado de los costos de su atención de salud.
  • No ser grabado ni fotografiado con fines de difusión sin su permiso.
  • Que su información médica no se entregue a personas no relacionadas con su atención.
  • Aceptar o rechazar cualquier tratamiento y pedir el alta voluntaria.
  • Recibir visitas, compañía y asistencia espiritual.
  • Consultar o reclamar respecto de la atención de salud recibida.
  • A ser incluido en estudios de investigación científica sólo si lo autoriza.
  • Donde sea pertinente, se cuente con señalética y facilitadores en lengua originaria.
  • Que el personal de salud porte una identificación.
  • Inscribir el nacimiento de su hijo en el lugar de su residencia.
  • Que su médico le entregue un informe de la atención recibida durante su hospitalización.
  • Toda persona mayor de 60 años y/o con discapacidad tendrá derecho a Atención Preferente.
     

Deberes

  • Entregar información veraz acerca de su enfermedad, identidad y dirección.
  • Conocer y cumplir el reglamento interno y resguardar su información médica.
  • Cuidar las instalaciones y equipamiento del recinto.
  • Informarse acerca de los horarios de atención y formas de pago.
  • Tratar respetuosamente al personal de salud.
  • Informarse acerca de los procedimientos de reclamos.
 

TODA PERSONA PODRÁ RECLAMAR SUS DERECHOS ANTE EL CONSULTORIO, HOSPITAL, CLÍNICA O CENTRO MÉDICO PRIVADO QUE LO ATIENDE. SI LA RESPUESTA NO ES SATISFACTORIA PODRÁ RECURRIR A LA SUPERINTENDENCIA DE SALUD (EXTRACTO DE LEY Nº20.584 DE DERECHOS Y DEBERES DE LOS PACIENTES).

Derechos y Deberes: https://www.minsal.cl/derechos-y-deberes-de-los-pacientes/

 

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